Una de las profesionales que integra el Cuerpo de Árbitros Extranjeros del CAMP, Florencia Márquez Bonino, elaboró un trabajo para la Revista de Tributación de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales, editorial Lejister.
El material está centrado en materia fiscal de Argentina y se denomina:
La cláusula de la Nación Más Favorecida establecida en un TBI, como recurso para la extensión de la validez del arbitraje internacional como medio de resolución de disputas en materia fiscal en la República Argentina, de conformidad a la Acción 14 de BEPS.
A continuación compartimos el trabajo Elaborado por nuestra profesional para descargar en formato PDF AQUÍ
La aplicación del principio de la cláusula de la Nación Más Favorecida (NMF), de trato justo y equitativo y de no expropiación, en este caso indirecta, como causal de extensión de los efectos de un Tratado Bilateral de Inversión (TBI) hacia terceros países, que hagan posible la aplicación del arbitraje fiscal para la resolución de las disputas dispuesto en el artículo 25 del Convenio Modelo, y el sometimiento a la jurisdicción del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) en dicha materia para aquellos casos derivados de inversiones extranjeras, y para todos aquellos casos que no se versen sobre inversiones extranjeras, más impliquen una afectación al principio de no discriminación en términos absolutos en Argentina.
Para poder abordar el tema resulta necesaria la comprensión del entramado complejo de las relaciones económicas internacionales y su evolución hasta la actualidad, momento en que, dado el crecimiento exponencial del comercio internacional y la eclosión de la era de la digitalización, ha permitido a velocidades y por volúmenes antes impensados el desarrollo del comercio internacional y de las inversiones extranjeras.
Es por ello que resulta de relevancia superlativa la adopción de reglas comunes o estándares mínimos que contribuyan a fortalecer la confianza de manera de que el flujo internacional del capital siga su curso. A dichos fines, es insoslayable la evitación de la Erosión de la Base Imponible y la Transferencia de Beneficios (BEPS), lo cual contribuye a la generación y mantenimiento de lazos económicos fuertes y a la evitación de pérdidas
económicas de los diversos sistemas financieros estatales, e incluso la afectación de derechos de actores del escenario internacional y de inversores extranjeros. Conforme manifestación de OCDE, el proyecto BEPS pretende abordar la evasión fiscal, mejorar la coherencia de la normativa fiscal internacional y garantizar una fiscalidad más transparente.
Los TBI y los convenios multilaterales, junto al respeto por los principios que rigen en esta materia son una herramienta indispensable para el logro de propuestas globales, como se desarrollará en el presente trabajo.